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NO SE ADMITEN ANIMALES |
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NO SE ACEPTAN DESPEDIDAS DE SOLTERO O GRUPOS JUVENILES |

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MASIA CAN PRIM. Alquiler Integro, Casa Completa. 18-22 plazas. Garrotxa (Girona)
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Descripción |
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Can Prim: masía aislada en la zona de la Vall d’en Bas, dentro del Parque Natural de la Zona Volcánica de la Garrotxa, a dos kilómetros del centro de Les Preses (villa turística) y a cuatro kilómetros de Olot. Tenemos jardines, barbacoas, pérgolas, parque infantil y Piscina. La Masía consta de 2 plantas con: 7 Habitaciones (4 con cama de matrimonio, 1 doble, una triple y una de cinco plazas (con dos literas) Todas con ropa de cama. 1 Habitación en la Cabaña A unos 12 metros de la Masía, está la Cabaña donde hay una habitación con 4 camas individuales y baño completo (*) 1 Salón, 1 comedor y 2 cocinas equipadas (una en cada planta) 4 baños completos (equipados con toallas) |


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Como llegar |
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Normas de la casa |
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Ir al centro de Les Preses, a 20 metros de la Plaza de la iglesia, en la C/ Hospital, encontramos el cementerio, de allí parte un camino rural señalizado como: CAMÍ DELS BOUS, CAMÍ DE XENACS, al final de este camino (2 Km.) se llega a CAN PRIM. (mapas) |
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HORA DE ENTRADA Y SALIDA:
FIN DE SEMANA: ENTRADA VIERNES A PARTIR DE LAS 18:00 H. SALIDA EL DOMINGO ANTES DE LAS 16:30 H
PAGO DEL ALQUILER:
AL LLEGAR A LA CASA SE PAGA EN EFECTIVO LA TOTALIDAD DEL IMPORTE DEL ALQUILER, Y AL DEJAR LA CASA, SE DEVUELVE LA FIANZA. SI SE HAN OCASIONADO DESPERFECTOS, SE DESCUENTA EL VALOR DE LOS MISMOS.
SUMINISTRO ELÉCTRICO:
EL SUMINISTRO ES POR AUTOGENERACIÓN, Y LA POTENCIA TOTAL LIMITADA. LA CASA CUENTA CON APARATOS ELÉCTRICOS COMO TELEVISORES, BATIDORAS O SECADORES DE PELO DE BAJA POTENCIA, LES ROGAMOS QUE UTILICEN LOS ELECTRODOMESTICOS QUE SE ENCUENTRAN EN LA CASA Y QUE NO TRAIGAN OTROS APARATOS DE GRAN POTENCIA, COMO SECADORES DE CABELLO, TOSTADORAS, SANDWICHERAS, FOCOS, ESTUFAS ELÉCTRICAS, PLANCHAS, ETC… PUES SE PUEDE CREAR UNA SOBRECARGA DEL SISTEMA Y FALLO EN EL SUMINISTRO. SÍ SE PUEDEN UTILIZAR APARATOS DE BAJA POTENCIA COMO MÁQUINAS DE AFEITADO, CARGADORES, PLAY STATION, ORDENADORES, RADIOS, CD’S, ETC...
PISCINA:
LA PISCINA ESTÁ VALLADA EN TODO SU PERÍMETRO. ESTÁ PROHIBIDO INTRODUCIR OBJETOS DE VIDRIO, COMO BOTELLAS O VASOS, DENTRO DEL RECINTO DE LA PISCINA. ES UNA PISCINA PRIVADA, POR LO QUE EL ARRENDATARIO ES EL RESPONSABLE DE SU BUEN USO. ES ZONA EXCLUSIVA DE BAÑO; NO SE DEBE COMER O REALIZAR OTRAS ACTIVIDADES DENTRO DE ESTE RECINTO. EN LA PISCINA HAY UNA ZONA CON JACUZZI Y UN SURTIDOR, EL FUNCIONAMIENTO DE ESTOS DOS ELEMENTOS ESTÁ LIMITADO EN EL TIEMPO (FUNCIONAN DURANTE UNAS 3 HORAS AL DÍA) LA AVERIA OCASIONAL DE ALGUNO DE ESTOS ELEMENTOS NO SUPONE UNA REDUCCIÓN EN EL PRECIO DEL ALQUILER.
El alquiler de la casa constituye un Arrendamiento de Temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, que se rige por las siguientes cláusulas, y que el arrendatario acepta al realizar la reserva:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO El Propietario cede en arrendamiento de temporada con la duración que se indicará a la Parte Arrendataria, que acepta, la finca descrita y los muebles descritos en la página web: http://www.canprim.com. El presente arrendamiento constituye un Arrendamiento de Temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y bajo ningún concepto y situación que se produzca, el arrendamiento del objeto de este contrato podrá usarse de forma habitual. SEGUNDA.- RENTALa renta de la temporada neta es la pactada por las partes, y se abonará del siguiente modo: El 15% o 100,00 eur, se abona en el momento de la reserva de la finca en concepto de señal y fianza. El resto se pagará el día de la entrada en la finca de la parte Arrendataria.
el último día se devuelve la fianza. Si se han ocasionado desperfectos, se descontarán de esta.
LA RESERVA SE PUEDE ANULAR HASTA 30 DIAS ANTES DE LA FECHA DE ENTRADA, PARA ANULACIONES POSTERIORES NO SE DEVUELVE EL IMPORTE.
TERCERA.- DURACION. Este contrato se otorga por la temporada indicada y quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso alguno, el día de la fecha de salida, debiendo La Parte Arrendataria entregar las llaves con anterioridad. La Parte Arrendataria deberá abandonar la finca en el estado en que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone y los muebles y enseres citados, sin que quepa prórroga del mismo salvo acuerdo escrito entre las partes.
CUARTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES La Parte Arrendataria se obliga a conservar la Vivienda en perfecto estado durante el plazo de duración libremente pactado entre ambas partes. La Parte Arrendataria será directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad a la propiedad por: a) Los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios y suministros de la casa de temporada arrendada. b) Los daños, deterioros o pérdidas que se produzcan en la misma, ya sean causados por la parte arrendataria o por las personas que convivan en la vivienda.
QUINTA.-RENUNCIAS La Parte Arrendataria renuncia a los derechos contenidos en los artículos 31 a 33 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y por tanto a los derechos de Arrendamiento, subrogación, cesión, o traspaso, ya sean de forma total o parcial, tanteo, retracto y derecho de impugnación de la transmisión.
SEXTA.- CLAUSULA PENAL El incumplimiento de la obligación de abandonar la Vivienda en el plazo pactado obligará a la Parte Arrendadora a satisfacer en concepto de cláusula penal, la suma correspondiente al triple de la renta diaria, exigibles por semanas vencidas hasta la libre disponibilidad de la vivienda por el arrendador, sin prejuicio de las costas, gastos y demás indemnizaciones que fueran a su cargo incluso minutas de abogados y procurador, aunque no fuera preceptiva su intervención.
SÉPTIMA.- FUERO Y LEGISLACION APLICABLE. Las partes integrantes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales y juzgados del lugar donde está sita la Vivienda, con renuncia expresa a su fuero propio. Son aplicables las leyes de España y en concreto la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos.
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Enlaces web de interés:
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(*) Habitación en Cabaña disponible a partir de agosto 2010 |

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PRECIOS (2010) |
18 plazas (7 hab. + 4 baños) |
22 plazas (*) (8 hab. + 5 baños)
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T. BAJA / MEDIA Fin de semana (2 noches) |
790,00 € |
890,00 € |
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T. ALTA (de 24 de julio a 29 de agosto) Fin de semana (2 noches) |
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980,00 € |
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1 Día Extra (T. ALTA)
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320,00 € |
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SEMANA SANTA (4 noches) |
1.340,00 € |
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PUENTE SANT JOAN (4 noches) |
1.230,00 € |
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PUENTE DEL PILAR (4 noches)
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1.230,00 € |
1.460,00 € |
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PUENTE DE TOTS SANTS (3 noches) |
1.010,00 € |
1.160,00 € |
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PUENTE DE LA CONSTITUCIÓ (5 noches) |
1.450,00 € |
1.700,00 € |
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NAVIDAD (2 noches)
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980,00 € |
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FIN DE AÑO (2 noches) |
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1.200,00 € |